Penal
Corte penal
La corte penal atiende casos que van desde delitos menores como infracciones de tránsito hasta delitos mayores como robo y asesinato (delitos graves).
Una acción penal es el procedimiento por el que se acusa y se lleva a juicio a una persona acusada de cometer un delito. Una vez presentadas las pruebas de la fiscalía y la defensa, se toma una decisión sobre la culpabilidad de la persona y, si se declara culpable, se condena al acusado de conformidad con la ley.
Casos penales
En todos los casos penales, se presume que el acusado es inocente. Eso significa que no puede ser condenado a menos que se demuestre su culpabilidad más allá de una duda razonable.
Un caso penal comienza cuando un fiscal, el Fiscal de Distrito, inicia una acción penal en nombre del Pueblo del estado de California presentando un documento de acusación: una demanda, una acusación formal o una acusación.
Los estatutos de California generalmente clasifican un delito como un delito grave, un delito menor o una infracción. Un delito grave es un delito penal punible con encarcelamiento en una prisión estatal o, en casos extremos, con la muerte. Un delito menor es una infracción penal menor punible con una multa o encarcelamiento en la prisión del condado. Una infracción es punible con una multa.
Si un acusado que fue acusado de un delito grave o menor no puede contratar un abogado, la corte le designará un defensor público. (La corte no designa un defensor público en los casos de infracciones, ya que estos no conllevan penas de cárcel o prisión).
Lectura de cargos
La primera comparecencia en la corte en un caso penal es la lectura de cargos. En la lectura de cargos, se informará al acusado, la persona acusada del delito, sobre sus derechos constitucionales y se le proporcionará una explicación de los cargos que se le imputan. El juez le preguntará si entiende estos cargos. Una respuesta afirmativa significa que entiende los cargos que se le imputan, no que sea culpable de estos cargos, simplemente que entiende cuáles son y qué significan. Además, se pedirá a los acusados que se declaren sobre los cargos que se les imputan: culpables, no culpables o, en algunos casos, nolo contendere (que significa que la persona no disputa los cargos y es legalmente lo mismo que una declaración de culpabilidad).
La fianza (propiedad entregada temporalmente para garantizar que una persona liberada de la custodia regresará en una fecha fijada) también puede aumentarse o reducirse durante la lectura de cargos. Para ser liberados sin pagar fianza, los acusados pueden solicitar ser liberados bajo su promesa de comparecer. Esto se llama "bajo palabra".
Si el acusado está en custodia, tiene derecho a una lectura de cargos en las 48 horas siguientes a su arresto. Los fines de semana, los días feriados de la corte y los días de cierre obligatorio de la corte no cuentan para las 48 horas. Además, la fecha límite para la lectura de cargos depende de la hora del día en que fue arrestado, así que hable con un abogado para saber exactamente cuál es la fecha límite del fiscal para presentar cargos.
Falta de comparecencia
Si ha sido acusado de un delito menor o mayor y no se presenta en la fecha de su audiencia, se emitirá una orden de arresto de banca para su arresto. Si se emite una orden de arresto de banca, tiene que presentarse en la corte un lunes o un viernes para eliminar su orden de arresto del calendario judicial (vea la página Calendario judicial de Derecho y moción para conocer los horarios específicos), entregarse a las fuerzas del orden público locales o comunicarse con un abogado que pueda asesorarle.
Defensor público
El defensor público puede ser designado para representar a los acusados involucrados en un caso penal que no pueden pagar la contratación de un abogado. La elegibilidad está determinada por pautas financieras establecidas. Si usted es elegible para un defensor público, la corte le designará uno y le proporcionará su información de contacto.
Fiscal de Distrito
La oficina del Fiscal de Distrito representa a la gente del condado de Lassen y es responsable de procesar los casos penales en la corte. La oficina del Fiscal de Distrito se encuentra en 2905 Riverside Drive, Susanville, CA 96130 y puede comunicarse con ella llamando al (530) 251-8283.
Opciones de pago
Todas las multas vencen en la fecha que el juez especifique en la corte.
Su documento reflejará el monto adeudado y la fecha de vencimiento. Si no paga o no establece un plan de pagos antes de la fecha de vencimiento, su caso será remitido a cobranzas y se puede emitir una orden de arresto en su contra.
Los pagos pueden hacerse en línea, en persona, por correo o por teléfono.
Vea la página Haga el pago para obtener información adicional y hacer un pago en línea.
Cuando se le haya ordenado pagar una multa o una cuota en un caso penal y no pueda pagarla en su totalidad en un plazo de 7 días hábiles, preséntese en la oficina de Recuperación y Reembolso del condado de Lassen. Encontrará más información sobre la OR&R en su sitio web: Oficina de Recuperación y Reembolso o llamando al 530-251-8227.
Preguntas frecuentes sobre casos penales
Preguntas frecuentes
La información, incluido el registro de acciones sobre los casos, puede verse en el portal de índice de casos y calendarios judiciales de la corte.
La corte mantiene un índice de presentaciones y un registro de determinaciones. El personal de la corte no puede buscar antecedentes penales por teléfono. Para obtener información o copias de los documentos de un caso penal, visite la página Registros e información.
Portal de índice de casos y calendarios judiciales Registros e información
Puede comparecer el lunes o el viernes para eliminar la orden de arresto del calendario judicial, entregarse a las fuerzas del orden público o comunicarse con un abogado que pueda darle asesoría. Para conocer las fechas y los horarios para eliminar órdenes de arresto del calendario judicial, vea la página Calendarios judiciales de Derecho y de moción.
No se permite el acceso a la sala de audiencias con pantalones cortos, pantalones recortados, ropa transparente o los pies descalzos.
Las comparecencias en la corte son obligatorias en los casos de delitos menores y delitos mayores, y pueden serlo en algunas infracciones. Usted tiene que comparecer en la corte en la fecha y a la hora indicadas en su documento de liberación, carta de lectura de cargos o aviso de infracción. La falta de comparecencia puede dar lugar a una orden de arresto en su contra.
Si no comparece en la corte o no paga una multa según lo prometido/ordenado, el juez dictará y emitirá una orden para su arresto. Además, puede ser castigado con cárcel o una multa, independientemente de la determinación del cargo original. En un esfuerzo por facilitar el cobro efectivo de multas, cuotas y tasas dictadas o autorizadas por la corte, su caso puede ser remitido a cobranzas.
La sección 1214.1(a) del Código Penal establece, en parte, que "la corte puede imponer una tasa civil de hasta cien dólares ($100) contra un acusado que, después de ser avisado y sin motivo justificativo, no comparezca en la corte para un proceso autorizado por la ley o que no pague la totalidad o parte de una multa dictada por la corte o no pague una cuota de la fianza según lo acordado conforme a la sección 40510.5 del Código de Vehículos."
Sí. Cualquiera puede ver un caso que se haya presentado en la corte.
- En persona: en la oficina del secretario el público puede ver todo el archivo, excepto cualquier información confidencial como informes policiales, informes de condena condicional o cualquier documento considerado confidencial según la ley.
- En línea: la información que se puede ver incluye tipos de casos, descripciones de casos, cargos, fecha de presentación, registro de acciones, evento y determinaciones a través del portal de índice de casos y calendarios judiciales.
Para obtener información sobre la asistencia disponible para la víctima y la restitución a las víctimas, llame a la oficina del Fiscal de Distrito al: 530-251-8283.
Puede solicitarle al juez un abogado designado por la corte en su primera comparecencia en la corte. El juez requerirá que llene una declaración financiera y determinará si califica. Al final de su caso, se llevará a cabo una audiencia para ver si tiene que reembolsar a la corte parte o la totalidad del costo de los honorarios del abogado designado por la corte.
Para obtener más información sobre los requisitos de calificación para el abogado designado por la corte, visite la sección Capacidad de pago en el sitio web de la Oficina de Recuperación y Reembolso del condado de Lassen o llame al (530) 251-8227.
No, puede ser acusado de un delito menor si intenta hablar o hacer una petición sobre alguien bajo custodia.
Comuníquese con el centro de detención para adultos (cárcel) del condado de Lassen al (530) 251-5245 o en 1415 Sheriff Cady Lane, Susanville, CA 96130.
Los calendarios judiciales (tanto diarios como semanales) de los asuntos no confidenciales están disponibles en el portal de índice de casos y calendarios judiciales. Una vez en el portal, seleccione el menú "SCHEDULING" (PROGRAMACIÓN) en la parte superior de la pantalla y, luego, Calendario judicial de la corte. Desde la vista del calendario judicial de la corte, introduzca la fecha de su audiencia y haga clic en Retrieve (Recuperar). En los resultados de la fecha de su audiencia, seleccione el tipo de lista de casos (tránsito/derecho y moción penal, delito mayor/derecho y moción en delito menor, etc.) en la tabla. Localice su caso en la lista de audiencias; la sala de audiencias para su audiencia se mostrará en la columna "Salas de audiencias" junto a su caso.
Además, puede ver todas las audiencias de su caso (incluida la sala de audiencias) en la página Resumen de audiencias desde dentro de su caso. Para llegar a su caso:
- Si conoce el n.º de su caso:
- Si su número de caso tiene el formato 2023-CR1234567: haga clic en el menú CASOS de la parte superior y, luego, en Caso penal. En la página "Caso Penal" introduzca su número de caso en las casillas situadas hacia la parte superior-media de la página (ejemplo: 2023 CR 1234567). Haga clic en Recuperar. Una vez que aparezca su caso, haga clic en Audiencias en el menú de la izquierda. Ahora verá la página de "Resumen de la audiencia". Se mostrará cada audiencia no sellada/no confidencial. Se mostrará la fecha, la hora y la sala de audiencias para cada audiencia.
- Si su número de caso tiene el formato CR123456: este número de caso es un número de caso "antiguo" de un sistema anterior de administración de casos de la corte; ahora tiene un nuevo número de caso. No se preocupe, puede seguir buscando, usando este número de caso anterior. Haga clic en el menú BÚSQUEDAS de la parte superior y, luego, en Búsqueda de número de caso anterior. Escriba su número de caso CR123456 en la casilla y haga clic en Buscar. Se mostrarán los resultados de esta búsqueda. Busque su nombre/información en los resultados. Si se muestra su información/caso, anote su nuevo número de caso bajo la columna "Número de caso" en el formato 2010-CR1234567; así será como se identificará su caso a partir de este momento. Haga clic en el nuevo número de caso para pasar a la página de detalles del caso. En la página de detalles del caso, haga clic en Audiencias en el menú de la izquierda. Ahora verá la página de "Resumen de la audiencia". Se mostrará cada audiencia no sellada/no confidencial. Se mostrará la fecha, la hora y la sala de audiencias para cada audiencia.
- Si no conoce el # de su caso: haga clic en el menú BÚSQUEDAS de la parte superior y luego en Búsquedas de casos > Por parte. Escriba su nombre y apellido en la página Búsqueda de casos por parte y haga clic en Buscar. Localice su caso entre los resultados. Haga clic en el número del caso (ejemplo: 2023-CR123467) para ver la página de detalles del caso. En la página de detalles del caso, haga clic en Audiencias en el menú de la izquierda. Ahora verá la página de "Resumen de la audiencia". Se mostrará cada audiencia no sellada/no confidencial. Se mostrará la fecha, la hora y la sala de audiencias para cada audiencia.
Si no puede localizar su caso desde el portal de índice de casos y calendarios judiciales, puede llamar a la corte al (530) 251-8205. Seleccione la opción 1 para obtener información sobre su caso y, luego, la opción 2 para Penal y hablar con un secretario sobre su caso.
Las lecturas de cargos en custodia se celebran según sea necesario los lunes, martes, miércoles y jueves en el Palacio de Justicia - 2610 Riverside Drive en Susanville, CA. Vea la página Calendarios judiciales de Derecho y moción para obtener información adicional y los horarios específicos en las que se celebran las lecturas de cargos. La mayoría de los acusados en custodia son colocados en el calendario judicial en la mañana de la audiencia y puede que no aparezcan en el portal de índice de casos y calendarios judiciales en línea.
Como acusado, debe esperar estar en la corte durante una parte considerable del día para ocuparse de todos los asuntos posibles.
En la fecha de su audiencia, busque su nombre, número de caso y sala de audiencias en la lista de casos electrónica de la corte, situada junto al elevador en el vestíbulo del Palacio de Justicia. Si su nombre está en el calendario judicial, vaya directamente a la sala de audiencias. Si no es así, preséntese en la oficina del secretario. Esté preparado para proporcionar identificación e información sobre el arresto o los presuntos delitos, incluido el papeleo de liberación de la cárcel, el aviso de comparecencia, los recibos de fianza o caución, o la carta de lectura de cargos.
Si fue condenado por una infracción no relacionada con un vehículo motorizado, un delito menor o un delito mayor, y cumple las pautas del Código Penal, sección 1203.4 (en inglés), usted o su abogado puede presentar una Petición de desestimación (en español) [formulario CR-180] (en español) y una Orden de desestimación (en español) [formulario CR-181] (en español) conforme al Código Penal (PC, por sus siglas en inglés), sección 1203.4(a) para que se eliminen los cargos de sus antecedentes. Encontrará información adicional en la página de ayuda de las Cortes de California Borre sus antecedentes.
The forms as well as additional information on the who can apply and how you apply can be found on the California Courts' Self-Help page Certificate of Rehabilitation.
Direct links to the forms are also provided for your convenience below: