Civil
División Civil
La División Civil ayuda a las partes en casos relacionados con: recuperación de dinero o propiedades en disputas civiles no contractuales o cumplimiento de contratos; derechos civiles, y acciones entre propietarios e inquilinos. Las peticiones de cambio de nombre y varios mandatos también son manejados por la División Civil.
Un asunto civil puede involucrar una demanda judicial en la que una parte demanda a otra para recuperar dinero o propiedades, para hacer cumplir un contrato o una obligación, para cobrar daños por lesiones o para proteger un derecho civil. Algunos ejemplos de casos civiles son los reclamos por lesiones personales derivadas de accidentes de automóvil, el presunto despido improcedente del empleo, los desalojos de una casa o un edificio comercial, o las disputas sobre el uso de una servidumbre.
Las demandas civiles (que no sean casos de familia, menores, legalización de testamentos, retenciones ilícitas y acoso civil) generalmente se pueden dividir en tres categorías según el monto de dinero involucrado:
Las enmiendas a la ley de California (CA) que entraron en vigor el 1.º de enero de 2024 (proyecto de ley del Senado (SB, por sus siglas en inglés)-71) enmendaron los daños jurisdiccionales y los montos en controversia para las jurisdicciones de casos civiles; esos montos actualizados se reflejan a continuación:
Cuando el monto en dólares es… | Este caso generalmente se llama… |
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Menos de $12,500 | Caso de reclamos menores |
Entre $0 y $35,000 | Caso civil de jurisdicción limitada |
Más de $35,000 | Caso civil de jurisdicción ilimitada |
Reclamos menores
La corte de reclamos menores es una corte especial donde usted puede resolver disputas de manera rápida y económica. En la corte de reclamos menores, las reglas se simplifican y la audiencia es informal. Por lo general, no se admiten abogados.
En general, los reclamos se limitan a disputas de hasta $6,250. Sin embargo, las personas físicas (particulares) pueden reclamar hasta $12,500.
Vea la página de reclamos menores para obtener información adicional »
Civil limitado
Un caso civil general que involucra una demanda judicial por un monto de $35,000 o menos para recuperar dinero o propiedades, hacer cumplir un contrato, cobrar daños por lesiones o proteger algún derecho civil. Para más información, visite la página de ayuda de las Cortes de California sobre casos de $35,000 o menos.
Civil ilimitado
Un caso civil general que involucra una demanda judicial por montos superiores a $35,000 para recuperar dinero o propiedades, hacer cumplir un contrato, cobrar daños por lesiones o proteger algún derecho civil. Para más información, visite la página de ayuda de las Cortes de California sobre casos de más de $35,000.
Desalojos de propietarios/inquilinos (retención ilícita)
Mantener la posesión de bienes inmuebles sin derecho, por ejemplo, después de que expiró un contrato de alquiler, después de haber recibido un aviso de desalojo (desocupación, salida) por impago del alquiler u otro incumplimiento del contrato de alquiler, o ser un ocupante ilegal de la propiedad. Dicha posesión da derecho al propietario a presentar una demanda judicial por "retención ilícita", pidiendo la posesión por orden de la corte, el alquiler impagado y daños. Una acción legal para desalojar a un inquilino u otro ocupante de un bien inmueble en posesión, sin derecho legal, para declarar incumplimiento del contrato de alquiler o un fallo de recuperación, así como el impago del alquiler y otros daños. Dichas demandas judiciales tienen prioridad sobre la mayoría de los casos legales y, por lo tanto, serán incluidas en el calendario judicial para juicio con prontitud.
Otros tipos de disputas legales entre propietarios e inquilinos suelen tratarse en la corte de reclamos menores, como las disputas relativas a la devolución de un depósito de seguridad.
Para obtener información adicional, vea las páginas de ayuda de las Cortes de California sobre casos de desalojo y la Guía sobre depósitos de seguridad.
Maltrato y acoso (órdenes de restricción)
Hay diferentes tipos de órdenes de restricción civil, cada una con sus propios requisitos y pasos para obtenerlas. Vea la página Órdenes de restricción para obtener información adicional.
Cambio de nombre
Para obtener una orden de la corte que cambie su nombre o el de un menor, tiene que presentar una petición en la Corte Superior del condado donde vive. Entonces podrá usar la orden de la corte para cambiar el acta de nacimiento, el pasaporte, la tarjeta del seguro social, la licencia de manejar y otros documentos.
Después de presentar su petición de cambio de nombre, tendrá una audiencia en la corte. Antes de su audiencia, tendrá que publicar un aviso legal en un periódico de circulación general durante cuatro semanas consecutivas (seguidas), un día por semana.
Si está intentando cambiar el nombre de su hijo, también tendrá que hacer la entrega legal personalmente al otro padre al menos 30 días antes de la audiencia para que este tenga la oportunidad de ir a la corte si no está de acuerdo. Si ambos padres están de acuerdo, los dos firman la petición para cambiar el nombre de su hijo.
Vea la página de ayuda de las Cortes de California Cambie su nombre en California para obtener información adicional.
Preguntas frecuentes sobre asuntos civiles
Preguntas frecuentes
Un caso civil es una demanda judicial en la que una parte demanda a otra. Los asuntos civiles incluyen reclamos menores, asuntos civiles, tutelas de adulto, legalización de testamentos, derecho de familia, adopciones y compromisos de menores.
Una parte puede presentar un caso civil para lo siguiente:
- Hacer cumplir un contrato o acuerdo
- Cobrar daños a su persona o propiedad
- Recuperar dinero o una propiedad
- Proteger un derecho civil
Generalmente, las demandas civiles se dividen en tres categorías, que se basan en el monto de dinero involucrado en la demanda judicial. Un ejemplo de casos que suelen quedar excluidos son los de retención ilícita, menores, acoso civil, legalización de testamentos y asuntos familiares. Cuando el monto en dólares es inferior a $12,500, generalmente se le conoce como un caso de reclamos menores. Cuando el monto en dólares es menor o igual a $35,000, se le conoce como un caso civil de jurisdicción limitada. Cuando el monto en dólares excede los $35,000, se le conoce como un caso civil de jurisdicción ilimitada.
Los abogados del Centro de ayuda están a su disposición para proporcionarle ayuda. Comuníquese con nuestro Centro de ayuda para obtener más información.
Puede presentar documentos en casos civiles visitando la oficina del secretario dentro del Palacio de Justicia, en 2610 Riverside Drive en Susanville, CA. Asegúrese de que todos los documentos estén firmados, fechados, organizados y engrapados. El secretario no puede aceptar copias que no estén organizadas y engrapadas.
- Tendrá que presentar al secretario el juego original de documentos organizados, perforados con dos agujeros y engrapados, junto con el número apropiado de copias.
- Vea la Lista de cuotas civiles estatales para asegurarse de haber incluido las cuotas de presentación apropiadas o presente una Solicitud de exención de cuotas de la corte.
Además de presentar sus documentos en persona en el Palacio de Justicia, la Corte Superior de Lassen acepta la presentación por fax de ciertos documentos en casos civiles. Para obtener información adicional, visite la página Presentación por fax de documentos civiles, testamentarios y de derecho de familia.
Sí, puede presentar documentos por fax en ciertos casos civiles. Vea la página Presentación por fax de documentos civiles, testamentarios y de familia para obtener información e instrucciones.
Presentación por fax de documentos civiles, testamentarios y de familia »
Vea la Lista de cuotas civiles estatales para obtener una lista de las cuotas aplicables a las presentaciones civiles.
Exención de cuotas: los litigantes que cumplan los límites de ingresos establecidos por ley pueden ser elegibles para una exención de cuotas y costos de la corte. Se tiene que presentar una Solicitud de exención de cuotas de la corte con los primeros documentos que presente el litigante para su presentación en un caso. Un juez revisa la solicitud y se determina si el litigante es elegible para la exención. Un secretario también puede otorgar una exención de cuotas en función de cierta información. Para obtener más información, visite la página de ayuda de las Cortes de California sobre la petición de una exención de cuotas.
Sí, visite la página Servicios de Acceso Lingüístico para obtener más información sobre la asistencia lingüística.
Puede solicitar copias a través de la oficina del secretario, ya sea en línea, en persona o por correo. Para obtener más información y presentar una solicitud en línea, visite la página Registros e información.
El calendario judicial de Derecho civil y moción se atiende generalmente el tercer jueves de cada mes en el Departamento 3. Vea la página Calendarios judiciales de Derecho y moción o Portal de índice de casos y calendarios judiciales para obtener información adicional.
Las solicitudes de aplazamiento de asuntos de derecho y moción se harán mediante estipulación escrita de las partes o del abogado junto con la cuota de presentación correspondiente. La corte tiene que recibir y firmar la estipulación, la orden y la cuota de aplazamiento antes de la fecha y la hora de la audiencia. Una vez revisado por la corte, se puede dictar que el asunto se retire del calendario judicial.
Si ya se solucionó el asunto, las partes deberían comunicarse con la corte para informar que se llegó a un acuerdo sobre el caso y luego hacer un seguimiento con el formulario obligatorio del Consejo Judicial Aviso de acuerdo de todo el caso (formulario CM-200). Una vez revisado por la corte, se puede dictar que el asunto se retire del calendario judicial.
Los asuntos no confidenciales pueden verse en los calendarios judiciales disponibles en el portal de índice de casos y calendarios judiciales de la corte. Una vez en el portal de índice de casos y calendarios judiciales, puede buscar su caso por número de caso o por nombre, y puede ver una lista de audiencias. También puede ver los calendarios judiciales semanales y diarios, que le mostrarán una lista de todos los casos no confidenciales.
Vea la página Comparecencias remotas para obtener más información sobre las comparecencias remotas. Las comparecencias por Zoom y CourtCall (telefónicas) están permitidas en determinadas circunstancias en casos civiles.
Pueden aplicarse ciertos formularios, procedimientos y limitaciones de tiempo para la presentación, la entrega legal y el cumplimiento de las reglas aplicables y es necesario completarlos antes de su proceso. Visite la página Comparecencias remotas para obtener más información.
Puede enviar formularios llenados a mano siempre y cuando estén escritos en letra de molde clara y legible con tinta azul o negra.